La del Ministro de Justicia, Sr. , no es por sí misma un acto de responsabilidad política ni de coherencia personal. Pues horas antes aseguraba al Parlamento que no dimitiría. La causa de su dimisión, que no viene de su conciencia, ha de ser atribuida al Jefe de Gobierno.

Se trata de una encubierta con la hipocresía de la dimisión. En todo caso, las consecuencias para los gobernados son las mismas: ignorancia de lo que sucede en el interior del Gobierno y seguridad de que la idea de algún tipo de responsabilidad de los gobernantes es un concepto inocuo o utópico en el . Cosa que no debe extrañar pues incluso la teoría liberal no ha desarrollado las ideas de Benjamín Constant, sobre la responsabilidad política inherente a toda dimisión ministerial. Que no es, como se cree, el final de un entuerto, sino el comienzo de una responsabilidad.

Para saber de lo que hablamos hay que distinguir entre los distintos tipos de cese, en un cargo gubernamental, llamados dimisión, pues no todos han de tener las mismas consecuencias. Están exentos de responsabilidad los tipos de dimisión coherente, o sea, la motivada por lealtad a la causa ideal que se aceptó con el cargo, y la ocasionada por impotencia ante la tarea asumida. En ambos casos, la responsabilidad política recae exclusivamente sobre un Presidente de Gobierno desleal a los ideales que conjuntaron el ministerio o falto de discernimiento en la elección de un incapaz. La dimisión inaudita, la que pondría la lealtad a la causa antes que la fidelidad al jefe, ni siquiera es concebible en la . La dimisión amparada en la inmunidad de la falta o delito cometido, solo tendría algún atisbo de nobleza personal si el dimitido admitiera su culpa y solicitara el perdón de los gobernados.

La dimisión-destitución del señor Bermejo, carente de personal, no ha sido ejemplar y no lo exime de la obligación de responder ante la sociedad, por los graves daños políticos ocasionados a la corporación judicial; y ante los Tribunales, por sospecha o indicios de connivencia con el Juez doliente de ansiedad en el proceso penal contra dirigentes del PP, así como por los daños materiales causados al patrimonio cinegético del Estado, cazando sin licencia de armas, con juez, fiscal y policía, en un coto reservado para autoridades extranjeras. Este último aspecto no es baladí. Basta recordar la importancia histórica que tuvieron crueles condenas de cazadores sorprendidos en “cotos Reales”, recordadas en la gran literatura como jalones del difícil camino de los a la judicial.

Puede ver un pequeño resumen de la biografía de D. Antonio García-Trevijano en este enlace.
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